IMMEX pagan derecho de trámite aduanero cuando introducen al país mercancía para su transformación o activo fijo

La SHCP publicó el 29 de diciembre de 2020 el Anexo 19 de la RMISC 2021, el cual contiene las cantidades “actualizadas” establecidas en la Ley Federal de Derechos (LFD).

Este Anexo contempla, entre otros montos, los que deben pagar por concepto de Derecho de Tramite Aduanero –DTA– los titulares de los programas IMMEX por la importación temporal de bienes para elaboración, transformación o reparación, incluso de activo fijo.

Al respecto, tómese en cuenta que para 2021 el monto del DTA para insumos IMMEX es de 352 pesos (en 2020 era de 341 pesos); esa cantidad también es aplicable a los retornos de esas mercancías al extranjero (art. 49, fracc. III, LFD, y Anexo 19, RMISC 2021).

Por las importaciones temporales de activo fijo IMMEX se seguirá pagando 1.76 al millar sobre el valor de los bienes (art. 49, fracc. II, LFD).

El DTA se determina y paga en el pedimento correspondiente. https://idconline.mx/comercio-exterior/2021/01/04/importaciones-temporales-pagan-dta?fbclid=IwAR1P1wZw3l0sUEUt2GAWsOZ2PpWtrPzCgrmpF5LZHZWRCbBbdbYlAE8cEYg

Categorías: Logística

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